Higiene y Seguridad en Countries y Barrios Cerrados

Los aspectos vinculados con la higiene y seguridad en el trabajo, como así también los inherentes a la prevención de los riesgos laborales se encuentran legislados a través de la Ley 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo, como así también por la Ley 24557 sobre Riesgos del Trabajo.

Ambos instrumentos legales interactúan entre sí, de modo de prevenir la ocurrencia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y en caso que éstos se manifiesten, aplicar las acciones necesarias para que su magnitud se minimice y el trabajador pueda retornar a su trabajo sin la aparición de incapacidades laborales.

Es por ello, que estas normas exigen a los empleadores (los Countries y Barrios Privados están incluidos) disponer de estas prestaciones como así también las inherentes a la Medicina del Trabajo.

A la luz de los último fallos emitidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, una de las principales causas por las cuales se que condenó a los empleadores a pagar indemnizaciones sumamente elevadas, fueron la ausencia de normas de seguridad, la falta de capacitación en prevención de riesgos del accidentado y el incumplimiento en general de la normativa de prevención, por parte del empleador según lo establecido por las Leyes de Higiene y Seguridad en el Trabajo y sobre Riesgos del Trabajo.

Nuestra prestación en esta materia abarca los siguientes temas y acciones a desarrollar:

  • Análisis de las condiciones y medio ambiente de trabajo del personal
  • Visita al Country/Barrio Privado en función del número de trabajadores según normativa legal vigente
  • Propuesta de objetivos y políticas en materia de prevención de riesgos para ser aprobados por la Administración, a fin de ser aplicada tanto al propio personal como a los contratistas y sub- contratistas
  • Elaboración de normas técnicas para aplicación a contratistas y sub-contratistas que protejan y preserven los bienes e instalaciones del Country/Barrio Privado
  • Elaboración del programa anual de capacitación
  • Asesoramiento técnico legal respecto de la aplicación de las normas de Higiene y Seguridad en el Trabajo vigentes
  • Relevamiento de la totalidad de áreas de trabajo del Club, con indicación escrita de recomendaciones que hagan a la disminución de los riesgos de trabajo
  • ía y control de lo actuado por la A.R.T.
  • Auditoría y control de lo actuado por la A.R.T.
  • Resolución de conflictos con la A.R.T. en materia de Prevención de Riesgos
  • Investigación de accidentes de trabajo
  • Evaluación y control de los agentes de riesgo, con el propósito de controlar la realización de los exámenes médicos en salud
  • Cursos de Capacitación para el personal del Country/Barrio Privado (obligatorio para el Empleador Ley 19587 – Decreto 351/79) entre ellos:
    • “HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO” aplicado a Countries/Barrio Privados
    • “USO DE EXTINTORES MANUALES” Conocimiento de las nociones básicas acerca del fuego, de los distintos medios de extinción y formas de atacar el foco de incendio.
    • “SEGURIDAD EN INSTALACIONES ELECTRICAS” Conocimiento de los mecanismos de protección contra contactos directos e indirectos y sus efectos sobre la vida y la salud de las personas
    • “CONSERVACIÓN DE LA AUDICIÓN” Nociones sobre nivel sonoro, tipos de ruido, el aparato auditivo, trauma acústico, reducción del ruido, audiometría, usos de equipos y elementos de protección personal
  • Asesoramiento en la contratación o cambio de Aseguradora de Riesgos del Trabajo
  • Solicitud a la ART de una reducción de alícuota por mejoramiento de las condiciones y medio ambiente de trabajo
  • Elaboración del pliego de licitación con el objetivo de obtener una mejora en los costos de los servicios a cargo de la A.R.T., incluyendo la realización de los exámenes pre-ocupacionales y periódicos