Hoy, nos encontramos frente a una nueva realidad: la Ley sobre Riesgos del Trabajo N° 24.557. Esta norma legal, vino a cambiar sustancialmente las pautas que durante décadas gobernaron los procesos indemnizatorios de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales.
Pero, desde el campo de la prevención ¿ Es este Ley mejor, igual o peor que las anteriores?; Tras cumplirse dos (2) años de vigencia del nuevo sistema ¿ Ha mejorado o empeorado la prevención? ; ¿ Tienen hoy los empleadores y los trabajadores mayor conciencia preventiva o nos encontramos en la misma situación que antes? ¿ Hacia donde vamos en materia de prevención? ¿ Son mejores las nuevas normas legales en prevención? ¿ Cuál es el rol del trabajador en este nuevo esquema? ¿ Asesoran las ART´s en prevención de riesgos? ¿ Cuál es el nuevo rol del Estado?
A éstas y a otras preguntas intentaremos darles respuesta a lo largo de nuestra presentación. Si bien algunas de ellas parecerían obvias, no siempre las realidades que nos tocan vivir son equivalentes a esas obviedadades.
La competitividad, la calidad, temas éstos de sumo interés para las empresas guardan una estrecha relación con la prevención; con ello queremos significar que, en un corto plazo, se establecerán como normas las ISO 9000, 14000 y las de Seguridad y Salud en el Trabajo actualmente en discusión en el IRAM.
Lamentablemente, no es común escuchar hablar de prevención en la mayoría de las empresas; no obstante, creemos que si realizamos un análisis retrospectivo veremos que en estos dos (2) años de vigencia del nuevo sistema de accidentes de trabajo hemos avanzado más que en los últimos veinte (20) años.
Tal vez, es menos de lo esperado y es por eso que escuchamos continuamente indicar que no hacemos prevención. Pero, ¿ Quién es responsable de efectuar prevención en las empresas ? ¿ Quién tiene el deber y la responsabilidad de proveer adecuadas condiciones de higiene y seguridad en el trabajo ? . Muchas veces solemos confundir las responsabilidades de los diferentes actores sociales y en esta confusión se hace caer a justos por pecadores.
Evidentemente, la responsabilidad es de los empleadores. En este aspecto, los que estamos por fuera de la relación trabajador- empleador podemos aportar ideas, soluciones, proyectos y otras tantas cosas, pero si no existe la decisión política de la empresa de trabajar en prevención no llegaremos a nuestro destino.
El futuro próximo permitirá ver cuáles con mayor claridad son las empresas que trabajan y asesorar en prevención, cuáles las que están comenzando, cuáles son las ART´s que cumplen con sus funciones de asesoramiento en materia de higiene y seguridad en el trabajo, cuáles son los prevencionistas que trabajan con seriedad y se comprometen con su trabajo, evitando transformarse en presta firmas.
La libertad que se pregona y existe desde el punto de vista económico, también la tenemos en los aspectos de la prevención y será el propio mercado el que vaya depurando sus propias falencias; en un futuro no muy lejano, veremos que los empleadores contratarán por servicio y no por precio, observaremos cómo las ART´s dejarán de capitar para contratar la asistencia médica por prestación.
El Estado juega un rol muy importante en los aspectos preventivos; hasta ahora ha efectuado una acción de docencia en estos casi dos (2) años, no obstante lo cual estamos asistiendo a un cambio de conceptos atento la creciente accidentabilidad que va adquiriendo el sistema y en particular en el sector de la construcción.
Creemos en un futuro promisorio en materia de prevención de riesgos del trabajo; algunos hemos esperado más de veinte (20) años para presenciar esta nueva realidad. Países como España, EEUU, Chile y otros tantos tardaron más de diez (10) o quince (15) años para ver caer drásticamente su accidentabilidad.
Nuestro país tiene una oportunidad única, saber aprovecharla es nuestra obligación.


